BDNS: 894813

Resolución de 18 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan ayudas a la música y la lírica, correspondientes al año 2026

Para qué es la ayuda

Finalidad oficial:

CULTURA

Convocatoria de ayudas a la música y la lírica para el año 2026, destinada a empresas privadas, entidades sin ánimo de lucro, Comunidades Autónomas y Entidades Locales. Su objetivo es financiar proyectos de giras nacionales e internacionales, festivales, temporadas líricas, encargos de composición y actividades de entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal, con el fin de promover y difundir la música y la lírica españolas.

Finalidad específica:

Financiación de proyectos de música y lírica que contribuyan a su preservación, difusión, creación de nuevos públicos y proyección nacional e internacional.

Quién puede pedirla

Perfil del solicitante:

GRAN EMPRESAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • Empresas privadas
  • Entidades privadas sin ánimo de lucro (asociaciones, federaciones, confederaciones y fundaciones)
  • Comunidades Autónomas
  • Entidades Locales

Requisitos adicionales:

  • Proyectos que se ejecuten entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Cumplimiento de requisitos mínimos específicos para cada modalidad (número de funciones, Comunidades Autónomas participantes, etc.)
  • Obtención de un mínimo de 50 puntos en la valoración total del proyecto y al menos 10 puntos en el criterio de interés cultural

Criterios de exclusión

  • Estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
  • Percepción de subvenciones nominativas, directas o transferencias del Ministerio de Cultura u organismos dependientes para el mismo proyecto y ejercicio
  • Presentar dos solicitudes diferentes para un mismo proyecto
  • Funciones acogidas al Programa Estatal PLATEA, circuitos GPS o Red de salas
  • Actividades incluidas en programas generados mediante convenios suscritos por el Ministerio de Cultura o el INAEM
  • Personas jurídicas que perjudiquen a colectivos discriminados
  • Personas jurídicas sancionadas por vulneración del derecho a la igualdad
  • Entidades que incumplan la legislación sobre igualdad de género
  • Personas o entidades que cometan, inciten o promocionen actos discriminatorios o de violencia contra personas LGTBI

Requisitos de la empresa

Forma legal:

  • Personas jurídicas con ánimo de lucro
  • Cooperativas (Ley 27/1999)
  • Personas físicas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
  • Asociaciones
  • Federaciones
  • Confederaciones
  • Fundaciones
  • Comunidades Autónomas y sus organismos
  • Entidades Locales y sus organismos

Ubicación geográfica:

Establecimiento permanente en cualquier Estado de la Unión Europea o Estados asociados al Espacio Económico Europeo, Excluidos residentes en paraísos fiscales

Requisitos de sector:

  • Actividades de creación, artísticas y espectáculos (código 90)

Condiciones económicas

Ayuda máxima

Modalidad 1: 65.000€, Modalidad 2: 75.000€, Modalidad 3: 80.000€ (140.000€ para flamenco, 25.000€ para residencias), Modalidad 4: 80.000€, Modalidad 5: 12.000€, Modalidad 6: 65.000€ para giras, 80.000€ para festivales (140.000€ para flamenco)

Cofinanciación:

Aportación propia: Mínimo del 35% del coste total del proyecto (excepto modalidades 2 y 5 con límites ampliados)

En modalidad 2 (entidades sin ánimo de lucro integradas por asociaciones) límite ampliable al 80%. En modalidad 5 (encargos de composición) límite ampliable al 100%.

Gastos elegibles:

  • Cachés, dietas (traslados, manutención y alojamiento) de artistas y técnicos
  • Nóminas del personal artístico y técnico contratado
  • Gastos de distribución, publicidad y promoción
  • Gastos de gestión de derechos de autor
  • Alquiler de material técnico
  • Amortización por compra de bienes inventariables artísticos
  • Auditorías medioambientales
  • Gastos derivados de protocolos antiacoso y promoción de la igualdad
  • IVA cuando sea subvencionable
  • Gastos administrativos generales (hasta 25% del coste total)

Gastos NO elegibles:

  • Gastos de producción de la gira (diseño y compra de iluminación, escenografía, vestuario)
  • Grabaciones sonoras o de video no promocionales
  • Gastos de locomoción, hospedaje y restauración no pertenecientes a la actividad subvencionada
  • Cuotas y comisiones de gastos bancarios
  • Seguros privados no obligatorios
  • Auditorías no obligatorias
  • Gastos suntuosos
  • Gastos relacionados con actividades no artísticas (restauración, merchandising)
  • Cuotas de autónomos de la Seguridad Social de socios o miembros
  • Impuestos indirectos susceptibles de recuperación

Calendario de pagos:

Pago efectivo a partir de la fecha de resolución de concesión, sin necesidad de constitución de garantías.

Límites de intensidad:

  • categoria: General: 65% del coste total del proyecto. Excepciones: Modalidad 2 (entidades sin ánimo de lucro integradas por asociaciones): 80%. Modalidad 5 (encargos de composición): 100%.

Estado

Plazo de presentación

Inicio: A partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE

Fin: 15 días hábiles desde el inicio del plazo de solicitud

Presupuesto

4.507.250 €

Órgano Convocante

ESTADO MINISTERIO DE CULTURA DIRECCIÓN GENERAL DE ARTES ESCÉNICAS Y MÚSICA

Región de Impacto

Nacional

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