BDNS: 893475

Convocatoria de subvenciones a la rehabilitación 2026, para el Fomento de la Rehabilitación, Adecuación y Reparación de Edificios que concede el Instituto Municipal de la Vivienda, la Rehabilitación y la Regeneración Urbana

Para qué es la ayuda

Finalidad oficial:

ACCESO A LA VIVIENDA Y FOMENTO DE LA EDIFICACIÓN

Subvenciones municipales para fomentar la rehabilitación, adecuación y reparación de edificios en el municipio de Málaga. Dirigida a propietarios, arrendatarios, comunidades de propietarios y otras agrupaciones sin personalidad jurídica, para financiar obras de mejora en tres líneas principales: rehabilitación del Centro Histórico, de Barriadas y actuaciones Especiales (que incluyen mejora acústica y viviendas para alquiler social).

Finalidad específica:

Fomento de la rehabilitación, adecuación y reparación de edificios ubicados en el Municipio de Málaga, a través de tres líneas: Subvenciones a la rehabilitación del Centro (Actuación Parcial), Subvenciones a la rehabilitación de Barriadas, y Subvenciones a la rehabilitación Especial (con cuatro tipos de actuaciones: A, B, C y D).

Quién puede pedirla

Perfil del solicitante:

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • Propietarios de inmuebles
  • Arrendatarios debidamente autorizados por la propiedad
  • Usufructuarios debidamente autorizados por la propiedad
  • Personas jurídicas
  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad jurídica
  • Comunidades de bienes
  • Cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que pueda llevar a cabo la actividad

Requisitos adicionales:

  • La actividad objeto de subvención no debe haber comenzado (con excepciones por fuerza mayor, riesgo para la seguridad o informe vinculante de otras áreas municipales)
  • En las Líneas Parcial del Centro Histórico y Barriadas, los edificios deben tener uso de residencia habitual y permanente
  • Para Líneas Especial B y Barriadas: acreditar falta de recursos económicos (ingresos de las unidades familiares de al menos la mitad de las viviendas inferiores a 3 veces el IPREM)

Criterios de exclusión

  • Haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas
  • Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación
  • Haber dado lugar a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración
  • Estar incurso en supuestos de incompatibilidad de altos cargos o personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social
  • Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal
  • No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones
  • Edificios destinados a hoteles, alojamientos turísticos, alquileres de oficinas u otros usos análogos (para Líneas Parcial del Centro y Barriadas)

Requisitos de la empresa

Forma legal:

  • Personas físicas
  • Personas jurídicas
  • Comunidades de propietarios
  • Comunidades de bienes
  • Agrupaciones sin personalidad jurídica
  • Herencias yacentes

Ubicación geográfica:

Municipio de Málaga

Requisitos de sector:

  • Propietarios, arrendatarios o usufructuarios de edificios ubicados en Málaga que necesiten rehabilitación

Condiciones económicas

Ayuda máxima

15.000 euros por vivienda para Líneas Especial C y D

Cofinanciación:

Aportación propia: Variable según línea y circunstancias: desde mínimo 10% del coste (para subvenciones del 90%) hasta 50% (para subvenciones del 50%)

Debe acreditarse la aplicación de fondos propios a la actividad subvencionada cuando la actividad haya sido financiada además con la subvención

Gastos elegibles:

  • Presupuesto de ejecución material de las obras
  • Honorarios técnicos (máximo del 8% del presupuesto de ejecución material)
  • Honorarios profesionales de la gestión administrativa que realicen los Administradores de Fincas para la presentación de toda la documentación exigida (máximo del 2% del PEM y con un límite de 3.000 euros)

Gastos NO elegibles:

  • Aquellas partidas y unidades de obra que no tengan relación con el objeto de la subvención

Calendario de pagos:

No especificado en el documento

Límites de intensidad:

  • Línea Barriadas: No inferior al 30%
  • Línea Especial C y D: 50%
  • Línea Especial B y Barriadas: Hasta 90%

Estado

Próximamente

Inicio: 24 mar 2026

Fin: 22 may 2026

Presupuesto

3.000.000 €

Órgano Convocante

LOCAL MÁLAGA INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA (AYTO. MALAGA)

Región de Impacto

Málaga

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